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Incumplimiento de PAMI en provisión de medicamentos esenciales

  • Writer: APDH Región Córdoba
    APDH Región Córdoba
  • Jul 3
  • 4 min read

3 de julio 2025, Córdoba


La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Regional Córdoba, junto con otras organizaciones, denunciamos el incumplimiento contumaz de PAMI en la provisión de medicamentos esenciales gratuitos a sus afiliados, ordenada por una resolución judicial del 16 de mayo de 2025 para la provincia de Córdoba.


A pesar de la orden judicial, PAMI no ha suspendido la aplicación de las resoluciones 2431/2024 y 2537/2024, que impedían la provisión universal de medicamentos esenciales. Los funcionarios de PAMI argumentan supuestos inconvenientes burocráticos, lo que es considerado falso por las organizaciones denunciantes.


La situación es considerada de "enorme gravedad" debido al desprecio por la salud de jubilados y pensionados, y se denuncia una política del Gobierno de Milei que provoca una "agresión deliberada" hacia este grupo vulnerable.


Las organizaciones exigimos el cumplimiento inmediato de la resolución judicial y rechazamos la actitud de PAMI, la cual consideramos "ilegal e inhumana".

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Comunicado de APDH Córdoba:

Por el presente se denuncia el incumplimiento contumaz de PAMI de la Resolución Judicial del Juez Federal nro.2 de la Provincia de Mendoza de fecha 16 de mayo de 2025 que ordenó al Instituto:


a-     Poner en práctica el Plan de Salud que proveía el listado de medicamentos esenciales de manera gratuita a sus afiliados de la Provincia de Córdoba.

b-     Suspender la aplicación de las resoluciones de PAMI 2431/2024 y 2537/2024, que impedían la provisión universal de este listado de medicamentos a sus afiliados.


Medidas similares a ésta estableció el mismo Juez Federal para los afiliados a PAMI de las Provincia de Mendoza, Tucumán y Salta y por ultimo a adherentes de las CTAs.

Desde ésa fecha hasta el día de hoy, los funcionarios centrales y el delegado de Córdoba de PAMI se han negado sistemáticamente a dar cumplimiento a la resolución del Juez Federal. Los mismos han argumentado supuestos inconvenientes burocráticos que le impiden cumplir. Este argumento es absolutamente falso, en virtud de que lo ordenado por resolución judicial implica simplemente volver a poner en funcionamiento el sistema de administración y logística que funcionó normalmente durante años hasta el día que la actual cúpula de PAMI decidió interrumpirlo arbitrariamente.


Por esta razón las organizaciones de derechos humanos, sindicales y sociales que presentamos el Recurso de Amparo en cuestión hemos insistido en el cumplimiento de la medida ordenada y solicitado al Juez que aplique una multa de dinero (astreintes) a PAMI y sus directores por el incumplimiento de la medida judicial, todo bajo el apercibimiento del artículo 239 del Código Penal (que castiga la desobediencia a una resolución judicial).

El Juez Federal por resolución de fecha 16 de mayo de 2025 resolvió: 1°) HACER EXTENSIVA la medida cautelar ordenada en autos a fs. 55/66 y en consecuencia, ordenar al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -PAMI-, la suspensión (en la provincia de Córdoba) de la aplicación de las resoluciones del PAMI - INSSJP N° 2431/2024 (RESOL_2024-2431-INSSJ_DE#INSSJP "Modificación de la a Disposición Conjunta N°0005/2017" del 22 de agosto de 2024) y N° 2537/2024 (RESOL-2024-2537-INSSJP-DE#INSSJP "Modificación RESOL-2024-2431-INSSJP-DE#INSSJP" del 5 de septiembre de 2024); dictadas por la Dirección Ejecutiva del INSSJP, con la aclaración de que la presente medida cautelar no invalidará los trámites ya iniciados y sustanciados por los beneficiarios en base a las resoluciones suspendidas, los cuales mantendrán su validez, comunicándose lo aquí resuelto, mediante DEOX al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -INSSJP/PAMI- (C.U.I.O 60000020691), por Secretaría (conf. arts. 195, 199, 204 y 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), debiendo el demandado hacer pública en los medios de comunicación provinciales digitales de circulación masiva de Córdoba, la orden precautoria para que tomen efectivo conocimiento los afiliados. Asimismo, informe en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas las medidas adoptadas para la implementación de lo aquí dispuesto.


A pesar de ello PAMI -Central y Delegación Córdoba- , no solo siguen sin cumplir la resolución judicial, sino que publicitan mediante la página Web de PAMI y su app para afiliados, que siguen vigentes las resoluciones de PAMI 2431/2024 y 2537/2024, que expresamente fueron suspendidas en su aplicación por la citada resolución judicial y en forma deliberadamente confusa presentan como “medicamentos sin cargo por subsidio social”.


Evidentemente estamos ante una situación de enorme gravedad en lo institucional porque el funcionariado nombrado por el Gobierno Nacional se niega a cumplir y respetar las resoluciones judiciales en una actitud de clara ilegalidad y, en lo fundamental, evidencian un absoluto desprecio por la salud de jubilados y pensionados al impedir el acceso a tratamientos (en este caso de medicamentos) que deterioran y ponen en riesgo su vida por decisiones arbitrarias, ilegales e inhumanas.


Hacemos publica esta situación con el objetivo de informar a la población en general y en particular a jubilados y pensionados, y también de manifestar nuestro profundo compromiso de continuar y llevar hasta las últimas instancias las acciones emprendidas.


Estamos ante una política del Gobierno de Milei que provoca la agresión deliberada hacia un grupo nacional vulnerable de nuestra sociedad, como son jubilados y pensionados, que sumado al deterioro de sus ingresos y encarecimiento de la canasta básica de alimentos y servicios, conduce a un verdadero “genocidio por goteo” y que requiere del rechazo activo y solidario del conjunto del pueblo.

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