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Victoria para los jubilados y jubiladas de Córdoba: medida cautelar ordena a PAMI garantizar la cobertura total de medicamentos

  • Writer: APDH Región Córdoba
    APDH Región Córdoba
  • May 18
  • 4 min read

OTORGARON MEDIDA CAUTELAR PARA QUE PAMI RECONOZCA LA COBERTURA DEL 100% DE MEDICAMENTOS A TODOS LOS JUBILADOS y JUBILADAS, PENSIONADAS Y PENSIONADOS DE LA PROVINCIA DECÓRDOBA.


El Juzgado Federal N° 2 de Mendoza a cargo del Dr. Pablo Oscar Quirós, con fecha 16/05/2025 hizo lugar a una medida cautelar solicitada mediante un amparo colectivo, que fuera presentado en diciembre pasado por amparistas que conforman la Mesa Provincial de los Derechos Humanos de Córdoba, integrada en este caso por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación Civil de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas de Córdoba; la Asociación civil Foro Solidario Córdoba, la Unión Obrera Gráfica Cordobesa; y como afiliados al PAMI los Sres. Gustavo Ignacio Tissera, Néstor Edgardo Anglada; Roberto Ernesto Chiavassa, Alcira Steinmetz y Alicia Beatriz Acin.


La acción de amparo fue promovida con el patrocinio de los abogados cordobeses Mabel Edith Sessa y Carlos Hugo Vicente, también integrantes de la mesa de trabajo por los DDHH de Córdoba y Copresidentes de la APDH Regional Córdoba, y el aporte científico del Prof. Dr. Oscar Atienza. En dicha acción, se solicitó que se garantizara la continuidad de las prestaciones y coberturas de medicamentos a los afiliados y afiliadas al PAMI, y se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la normativa administrativa contenida en la Resolución 2024-2431 INSSJP-DE#INSSJP de fecha 22/08/2024 emitida por PAMI, cuya aplicación se efectivizó a partir del 02/12/2024, y de todas las resoluciones, disposiciones complementarias, modificatorias y reglamentarias de la misma o las que en el futuro las reemplacen, como de procedimientos y requisitos dictados en consecuencia, por la cual cercena el acceso a la medicación, tratamientos, etc. de los jubilados, jubiladas y pensionados y pensionadas afiliados a dicha entidad, garantizando el libre acceso de medicamentos al universo de seres humanos que necesitan dicha cobertura.


Dentro del amparo se solicitó la medida cautelar urgente, para que se ordene a PAMI que de forma inmediata garantice la prestación universal del servicio de provisión de medicamentos de la manera que se venía haciendo hasta antes de esta nueva normativa, facilitando el acceso a toda la medicación a los adultos mayores en las condiciones anteriores, sin excepción ni exclusión de ningún tipo, sin condiciones y de forma gratuita, máxime teniendo en cuenta la afectación a la salud de este grupo vulnerable.


Tras un trajinar de demoras en el Juzgado Federal N°1 y la Fiscalía interviniente de Córdoba, desde la presentación del amparo en la provincia con fecha 13/12/2024, en marzo de este año la causa cordobesa FCB 18638/2024, "LA ASAMBLEA PERMANENTE DE LOS DERECHOS HUMANOS y otros c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL y otros s/ AMPARO COLECTIVO”, fue remitida, incorporada y vinculada al expediente FMZ 27196/202, “JUBYPEN MENDOZA (ASOCIACION DE JUBILADOS y PENSIONADOS DE MENDOZA) y otros c/ INSSJP - PAMI s/ Amparo Colectivo” tramitados en el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, quien primero previno en amparos colectivos idénticos, integrando la causa amparos de Mendoza, Tucumán, Salta y Córdoba, entre otros.


La resolución cautelar dictada el 16/05/2025 que comunicamos a través de la presente resuelve: 1°) HACER EXTENSIVA la medida cautelar ordenada en autos a fs. 55/66 y en consecuencia, ordenar al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -PAMI-, la suspensión (en la provincia de Córdoba) de la aplicación de las resoluciones del PAMI - INSSJP N° 2431/2024 (RESOL_2024-2431-INSSJ_DE#INSSJP "Modificación de la a Disposición Conjunta N°0005/2017" del 22 de agosto de 2024) y N° 2537/2024 (RESOL-2024-2537-INSSJP-DE#INSSJP "Modificación RESOL-2024-2431-INSSJP-DE#INSSJP" del 5 de septiembre de 2024); dictadas por la Dirección Ejecutiva del INSSJP, con la aclaración de que la presente medida cautelar no invalidará los trámites ya iniciados y sustanciados por los beneficiarios en base a las resoluciones suspendidas, los cuales mantendrán su validez, comunicándose lo aquí resuelto, mediante DEOX al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS -INSSJP/PAMI- (C.U.I.O 60000020691), por Secretaría (conf. arts. 195, 199, 204 y 230 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), debiendo el demandado hacer pública en los medios de comunicación provinciales digitales de circulación masiva de Córdoba, la orden precautoria para que tomen efectivo conocimiento los afiliados. Asimismo, informe en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas las medidas adoptadas para la implementación de lo aquí dispuesto.


Desde la Mesa de Trabajo por los DDHH Córdoba, que integran organizaciones con amplia trayectoria en defensa de los derechos humanos, celebramos la decisión judicial como un paso fundamental para frenar el retroceso en materia de derechos, que implican las políticas desaprensivas y de ajuste del gobierno nacional, que afectan los derechos más elementales como es la salud y la vida. La gente mayor, por su condición de tal, merece una protección especial, la que a su vez debe ser inmediata y actual (urgente); el acceso a la salud integral es un derecho humano consagrado en nuestra constitución, leyes especiales y en los tratados internacionales. Este fallo es una respuesta contundente en protección de esos derechos.


Por otra parte, este precedente judicial refuerza la esperanza de que los derechos adquiridos por el pueblo argentino a través de tantas luchas y sacrificios sigan siendo protegidos ante embestidas estatales regresivas. La lucha continúa en cada espacio donde se defiendan la vida, la salud y la dignidad de las personas, en especial de nuestros adultos mayores. Se adjunta resolución de fecha 16/05/2025 que otorga la medida cautelar a la provincia de Córdoba.




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